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• Usted debe haber obtenido ingresos por salarios, sueldos, propinas u otra compensación tributable del empleado o ingresos netos del trabajo por cuenta propia.
• Los pagos por cuidado no se pueden pagar a alguien que usted puede reclamar como su dependiente en su declaración o para su hijo menor de 19 años, incluso si él o ella no es su dependiente.
• Su estado civil para efectos de categoría contributiva debe ser soltero, casado con declaración conjunta, cabeza de familia o viudo (a) con un hijo a cargo.
• El cuidado debe haber sido recibido por una o más personas calificadas.
• El hijo calificado debe haber vivido con usted por más de la mitad del año fiscal.
Hable de sus impuestos con un asesor de confianza para ayudarle a reci- bir todos los créditos fiscales que le corresponden como padre soltero.
Información fiscal que usted necesita conocer 39